La consejería de Hacienda y Presupuesto, por medio del decreto 130 / 2007 del 22 de mayo, ha aprobado el Catálogo de Juegos de la Comunidad Autónoma de Extremadura. De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 7.1,22 del Estatuto de Autonomía, a la Comunidad Autónoma de Extremadura le corresponde la competencia exclusiva en materia de Casinos, Juegos y Apuestas, con exclusión de las Apuestas Mutuas Deportivo Benéficas y Loterías Nacionales.
La voluntad de la Asamblea de Extremadura de dotar a la comunidad de una norma que, además de regular adecuada y globalmente todo lo referido al juego, atienda a las circunstancias sociales, económicas y administrativas propias de la región, determinó la aprobación de la Ley 6 / 1998, de 18 de junio, del Juego de Extremadura; norma que, con visión de conjunto y criterio de unidad, recoge en su articulado las direcciones básicas a las que debe ajustarse la planificación y ordenación del juego, configurándose como marco de referencia de un cuerpo normativo propio en materia de juegos de suerte, envite o azar, en cuya conformación se inscribe la presente norma reglamentaria.
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